Convocatoria: Créditos condonables para veteranos de la Fuerza Pública o integrantes de su núcleo familiar
Llega una nueva convocatoria de créditos con beneficios de condonación del 90% del crédito para veteranos de la fuerza pública o integrantes de su núcleo familiar a falta de este, gracias a la gestión del Ministerio de Defensa Nacional que financia esta oportunidad y que el ICETEX más humano administra para que estas personas cursen estudios de pregrado y posgrado.
El Fondo de Fomento de la Educación Superior para Veteranos del Ministerio de Defensa Nacional tiene abierta sus inscripciones del 26 de mayo al 18 de junio, llegando con más oportunidades que reflejan el acompañamiento de los proyectos de vida de estos colombianos.
“Este programa trae oportunidades de acceso a la educación superior, llegando no solo a quienes han representado a la fuerza pública, también a integrantes de su núcleo familiar a falta de esta persona. Con este Fondo tendrán cubiertos gastos no solo de matrícula sino de apoyo de sostenimiento, apoyándolos en sus proyectos de vida y en la construcción de bienestar de su familia”, expresó el presidente del ICETEX, Mauricio Toro al inicio de esta fase de inscripciones.
¿Qué gastos cubre el Fondo?
El Fondo otorga crédito educativo condonable hasta por 11 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), para cubrir el valor de la matrícula por cada período académico a cursar. Los beneficiarios también recibirán apoyo de sostenimiento por un (1) SMMLV por período académico, gastos de derechos de grado y una prima de garantía que ampara riesgos en caso de muerte, invalidez física o mental del estudiante.
¿A quiénes está dirigido el Fondo?
Quienes sean veteranos de la Fuerza Pública o a un integrante de su núcleo familiar a falta de este, y sean beneficiarios del artículo 2º de la Ley 1979 de 2019, pueden participar en esta convocatoria.
Vale señalar que el artículo mencionado especifica los siguientes actores focalizados:
- Veterano: Son todos los miembros de la Fuerza Pública con asignación de retiro, pensionados por invalidez y quienes ostenten la distinción de reservista de honor.
También son veteranos todos aquellos que hayan participado en nombre de la República de Colombia en conflictos internacionales. Así como, aquellos miembros de la Fuerza Pública que sean víctimas en los términos del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011, por hechos ocurridos en servicio activo y en razón en ocasión del mismo.
- Núcleo Familiar: Se entiende por núcleo familiar el compuesto por el o la cónyuge, o compañero permanente, y los hijos hasta los veinticinco (25) años de edad, o a falta de estos, los padres de los miembros de la Fuerza Pública que hayan fallecido o desaparecido en servicio activo, únicamente por acción directa del enemigo o en combate o en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público o en conflicto internacional.
Los aspirantes al fondo, además, deben pertenecer a los estratos 1, 2 y 3, estar admitidos o matriculados en la institución de educación superior donde va a estudiar (y que sea reconocida por el Ministerio de Educación), haber presentado la prueba Saber 11 (en caso de aplicar para estudios de primer semestre académico) o haber aprobado el período académico anterior (en caso de aplicar para estudios de segundo semestre en adelante).
¿Cómo se puede condonar?
El beneficio de condonación del 90% del valor del crédito educativo se otorga luego de que el beneficiario culmine con grado su programa financiado. La solicitud de condonación (con carta), así como la certificación d grado emitida por la universidad, deben ser presentadas por la persona dentro de los 18 meses posteriores a terminar el plan de estudios.
Conoce toda la información sobre este programa, sus requisitos y reglamento, así como su calendario de etapas, en https://web.icetex.gov.co/es/-/fondo-de-fomento-de-la-educacion-superior-para-veteranos-del-ministerio-de-defensa-nacional-ministerio-de-educacion-nacional-icetex
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ICETEX